6 sept 2013

EL ESTADO NECESITA LA RELIGIÓN PARA PODER EXISTIR

Por: Pedro Antonio Mateo Ibert

El ex miembro de la Corte Constitucional Federal Alemana, constitucionalista e historiador ERNST-WOLFGANG BÖCKENFÖRDE, advirtió en el año 1967 que “el Estado liberal y secularizado vive de presupuestos que él mismo no puede garantizar”.

De ahí se desprende que el Estado constitucional democrático, no vive únicamente de las reglas, normas, instrucciones, instituciones, definiciones funcionales escritas y constituidas democráticamente. El Estado democrático depende de condiciones normativas previas, pues, según JOSEP VON EICHENDORFF, ninguna Constitución es garantía por sí misma.

En ese sentido, PAUL KIRCHHOF citado por JOSEP THESING señala que “el éxito del Estado depende de que le lleguen los presupuestos éticos necesarios desde el exterior. Una Constitución liberal no exige del ciudadano virtudes como altruismo, abnegación, amor al prójimo, pues ese tipo de modelos lleva a radicalizar el poder Estado”.

En el Estado constitucional liberal se asume desde la razón que el hombre persigue su interés propio, que la virtud y una ética de la responsabilidad no devienen en deber jurídico, pero constituyen el fundamento sobre el cual se desarrollan la capacidad y la afirmación de libertad.

El Estado tampoco puede forzar la solidaridad cívica. Según THESING, el desafío consiste en conjugar de manera constructiva política y religión dentro del Estado de derecho democrático y secularizado.

Lo que entiendo con lo anterior es que el Estado de derecho democrático y liberal, no puede, además de establecer la libertad de cultos en la Constitución, crear el culto, pues ya no sería democrático el que se le imponga a los ciudadanos y ciudadanas a cuál religión debe pertenecer y cómo debe pertenecer a la misma.

Con la libertad de cultos y de religión, el Estado liberal, democrático y de derecho, lo que hace es reconocer el derecho de todo ciudadano y ciudadana a afiliarse a la religión que crea conveniente para sus intereses personales y sobre todo espirituales.

Lo que indica que no debe haber una religión oficial consagrada en la Constitución de la República, pues estaría el Estado imponiendo una parte, que como bien señala THESING, esa parte debe llegarle al Estado desde afuera, desde la parte exterior.

Al encontrarse en la Constitución dominicana la libertad de cultos, el culto debe ser una creación del hombre en libertad en busca de su propio interés como ya también habíamos expresado.

En ese sentido, debemos señalar que el preámbulo de la Constitución dominicana del 26 de Enero del año 2010 comienza diciendo : “Nosotros, representantes del pueblo dominicano, libre y democráticamente elegidos, reunidos en Asamblea Nacional Revisora, invocando el nombre de Dios; guiados por el ideario de nuestros Padres de la Patria……regidos por los valores supremos y los principios fundamentales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad, el imperio de la ley, la justicia, la solidaridad, la convivencia fraterna, el bienestar social, el equilibrio ecológico, el progreso y la paz, factores esenciales para la cohesión social”.

En su artículo 7, la Constitución denomina a la República Dominicana como un Estado Social y Democrático de Derecho, organizado en forma de República unitaria, fundado en el respeto a la Dignidad Humana……..

Como una muestra de lo que hemos establecido anteriormente, de que el Estado Liberal Democrático de Derecho no puede imponer una religión, no puede imponer el culto, aunque sí crea la libertad de culto, es que en el artículo 45 la Constitución dominicana establece la libertad de conciencia y de cultos de la manera siguiente: El Estado garantiza la libertad de conciencia y de cultos, con sujeción al orden público y respeto a las buenas costumbres.

Lo anterior indica que cada ciudadano y ciudadana es libre de practicar la religión de su preferencia, para lo cual solo necesita que el culto que rinde a Dios a través de la religión de su elección, esté sujeta al orden jurídico establecido por el propio Estado y que se corresponda con las buenas costumbres.

Algunos autores plantean que el Estado es neutral y como ejemplo ponen que en casi todos los preámbulos de las Constituciones se establece a Dios como ser supremo, y que Dios es el símbolo abstracto de todas las religiones como elemento espiritual.

Sin embargo, aunque el Estado a través de la Constitución plantea la libertad de conciencia y de cultos, entiendo que el Estado como tal, aunque no debe trazar pautas en cuanto a qué religión debe practicar cada ciudadano y ciudadana, tampoco debe vivir al margen de las religiones, pues a mi juicio, esa neutralidad no favorece en nada.

Cabe destacar que si tomamos en cuenta el preámbulo de la Constitución dominicana, en la misma el Estado no es neutral, pues al momento de invocar a Dios como ser supremo, implícitamente está rechazando el ateísmo, es decir, a aquellos que no creen en Dios; con lo cual ya deja de ser neutral el Estado como tal.

En ese sentido, BOCKENFORDE citado por THESING (profesor universitario residente en Alemania), expresa que esa neutralidad del Estado es abierta o amigable, aunque tiene para el Estado Democrático un significado existencial. Al mismo tiempo expresa que esa neutralidad abierta no significa indiferencia o rechazo pasivo frente a las religiones o al culto.

Su afirmación anterior está basada en que, si bien es cierto que el Estado no debe obligar a las personas sobre las creencias religiosas, es decir, no debe ejercer coacción sobre las mismas, también es cierto que la libertad de cultos no obliga al Estado a guardar la misma distancia frente a todas las creencias religiosas y cosmovisiones existentes, estableciendo que el Estado secularizado no deja a un lado la religión aunque sí garantiza la libertad de conciencia y de cultos.

Partiendo de lo planteado por THESING, de que el Estado no genera la aprobación de la democracia por sí mismo y que el Estado conjuntamente con la sociedad lo que debe hacer es crear las condiciones necesarias para que eso se dé,, cabe entonces afirmar que, el Estado de derecho secularizado, democrático y liberal no puede desarrollar él mismo los valores y las fuerzas de cohesión indispensables para imprimirle la necesaria solidez, ofrecer resistencia a la crisis y lograr aceptación entre los ciudadanos.

Debe dejar que sea el hombre como ser en busca de su propio interés el que cree desde afuera esos valores y fuerzas de cohesión, en un ambiente de libertad plena, ya que ha sido demostrado que el Estado de Derecho democrático tiene una base y una herencia que desciende del cristianismo.

La religión es una reserva ética del Estado secular irrenunciable.

En ese aspecto THESING expresa que “el Estado necesita la religión, porque no puede cumplir con los deseos espirituales y las necesidades materiales de trascendencia del hombre”.

Al respecto BOCKENFORDE citado por el pre-citado autor alemán, expresa “el Estado laico y secularizado necesita vivir de esos impulsos y fuerzas cohesionantes que la fe religiosa transmite a sus ciudadanos”.

La democracia es un sistema político y al mismo tiempo un sistema de vida, pero ABRAHAM LINCOLN, la democracia es el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo.

En democracia siempre hay que buscar el consenso y una democracia nunca será posible llagar a un consenso por la fuerza, por lo tanto, el consenso tiene siempre un carácter voluntario.

Entonces como bien señala THESING, la vitalidad de la democracia depende sustancialmente de la capacidad de los mecanismos institucionales para generar los servicios necesarios para el bien común, su capacidad de satisfacer de manera razonable los muy diferente intereses, expectativas y deseos de los ciudadanos. Entonces cabe decir que la democracia está concebida para la formación permanente de consenso y para ello es indispensable que ciudadanos y mandatarios posean un mínimo de ética democrática.

Al definir la democracia como sistema político, el Estado y cuál es la función del mismo y la religión, THESING expresa que llegó a la conclusión de que la democracia y la religión guardan una relación directa. Son los pilares vertebrales de un orden político y ético.

Cuando anteriormente hablábamos de que el Estado aunque garantiza la libertad de conciencia y de cultos, no puede ser neutral en cuanto a las religiones se refiere, nos basamos en que los ciudadanos y ciudadanas se organizan en iglesias, Asociaciones religiosas para vivir y dar testimonio de su fe.

Entonces es claro que el Estado necesita esas comunidades y organizaciones religiosas y por lo tanto, no debe estar al margen de las mismas, pues como dijimos en parte anterior, ellas aportan al ser humano el sentido de trascendencia que el propio Estado no le puede aportar al hombre como individuo.

Una muestra de que la democracia, el Estado y la religión deben convivir en común, en base a la razón, es que los tres se basan en la dignidad del hombre como algo intangible. Su eje central es el ser humano, pues sin él nada funciona.

La democracia, el Estado y la religión no pueden existir sin el hombre, por lo que THESING expresa que la razón es lo que hace a la dignidad humana y esencialmente se aplica a la libertad.

Así por ejemplo se produce una contradicción entre el anterior Papa BENEDICTO XVI, (Cardenal JOSEPH RATZINGER) y el jurista y sociólogo HABERMAS.

HABERMAS, aunque no niega que la religión siga existiendo la considera una manifestación marginal y parte del supuesto de que la Constitución del Estado liberal puede valerse por sí mismo en su necesidad de legitimación, es decir, nutrirse del acervo cognitivo de una economía argumentativa independiente de tradiciones religiosas y metafísicas. Sostiene que el Estado constitucional democrático vive de su herencia cristiana, pero señala que ahora despliega su dinámica propia.

Contrario a esta tesis de HABERMAS, el Cardenal RATZINGER expresa que el estado de derecho democrático, al cual considera la forma más apropiada del orden político, y el principio de mayoría que se aplica a las decisiones políticas y a las leyes. Dice que queda sin respuesta la cuestión de si no existe aquello que nunca podrá convertirse en derecho, es decir, aquello que siempre va a ser injusto en sí mismo y a la inversa también eso que por su esencia es derecho inamovible, lo que es anterior a cualquier decisión de mayorías y que debe ser respetado por ellas.

Al respecto al Cardenal RATZINGER expresa que existen patologías tanto en la religión como en la razón y que “la razón deber reconocer sus límites y aprender a mostrarse predispuesta a escuchar las grandes tradiciones religiosas de la humanidad, al tiempo de señalar que “cuando la razón se emancipa por completo se vuelve destructiva”.

Es por ello que el Cardenal JOSEPH RATZINGER aboga por una necesaria interacción entre razón y fe, razón y religión, “que están convocadas a la purificación y sanación recíprocas, que se necesitan mutuamente y deben reconocerse recíprocamente”.

Como bien señala THESING, creo que democracia, Estado y religión deben convivir juntos, pues los tres son estructuras y valores que deben amalgamarse de una manera eficaz. La religión puede aportar contribuciones importantes al conjunto. La comunidad humana no es perfecta como tampoco lo es el hombre, vive de la humildad de lo imperfecto.

La religión aporta las fuerzas morales que brindan a un demócrata sostenimiento y orientación en tiempos buenos y en tiempos malos. Por eso el Estado no debe estar al margen de las religiones, aun garantizando la libertad de conciencia y de cultos.

Ello no significa que el Estado se convierte en cristiano, sino que los cristianos no perciban al Estado en su realidad como algo divisorio y hostil a la fe, sino, como la oportunidad de vivir en libertad, algo que ellos también deben contribuir a realizar y concretar.

Todas las religiones que se acuñan en la fe en Dios y que hacen culto a las buenas costumbres, inducen al ser humano como eje central de la vida, a la humildad, la vida en comunidad, la solidaridad, cosas que todo Estado democrático de derecho necesita para que sus ciudadanos y ciudadanas practiquen y vivan en un clima de paz y de respeto mutuo, de convivencia social en armonía, y que como bien señala THESING, el propio Estado por si solo no está en capacidad de aportar.

Si al hombre la falta la parte espiritual, cuando el Estado no pueda como casi siempre ocurre, resolverle sus problemas materiales, entonces ese mismo hombre carecerá de la razón necesaria y suficiente para no explotar. Por eso el Estado no puede vivir sin la Religión porque de lo contrario, el propio Estado no se garantiza a si mismo.

Hasta una próxima oportunidad, si Dios quiere

El autor es Abogado y Periodista. Actualmente se desempeña como Procurador General Titular de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Juan de la Maguana.

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