Por: Sara Aquino.
SAN JUAN DE LA MAGUANA.-Un abogado y periodista de esta localidad embargó las cuentas del ayuntamiento de este municipio luego de que la alcaldesa no obtemperara en pagar un a trente que le fue impuesto por un juez.
Según explicó el doctor Robert Payano, el pasado viernes el juez Robert Antonio de Aza,de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo de San Juan, dictó la medida de embargo a las cuentas del cabildo y a las personales de la alcaldesa Hanoi Sánchez, en referimiento de fecha 2 de septiembre del 2013, por esta negarse a pagar la multa que le fue impuesta.
Esto según refirió el querellante es en razón de que no cumplió con una decisión de una acción de amparo que les ordenó le entregara la nomina de la institución que dirige.
El profesional del derecho explicó que esta sentencia tendrá que ser cumplida y que la afectada tendrá que pagar la suma de 330 mil pesos más las costa de procedimiento, por lo que según expresó Payano, tienes 9 embargo, retentivo a la cuenta del ayuntamiento y de ellas personal
El doctor Robert Payano ha mantenido la lucha desde el 12 de octubre del 2012, donde el mismo juez le ordenó entregarle ocho informe siendo el numero tres la nómina y no la entregó, dándole solo el número de empleado, que según informó son 1374, Para un pago de casi seis millones mensuales en nomina.
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Hay muchas manera de solicitar información en las instituciones, y creo que la Alcaldesa es una persona q se caracteriza pos e r sociable, hacer eso a una institución como el ayuntamiento es provocarle un daño a los tantos padres de familias y al municipio mismo, creo tambien respetando las decisión de un juez, que los efectos de una medida deben ser planteado en los escenarios como la sociedad, las familias,, las cuenta embargadas de un ayuntamiento detienen el proceso mismo de desarrollo de la municipalidad, de la cual depende, ese abogado, jueces y municipio en sentido general.
Debe ser Astreinte profesora, aunque no soy abogado creo que eso tiene que ver con las sanciones valuadas en diinero impuesta por un juez a quien no cumple con una disposición en tal sentido.
Los fondos de los ayuntamientos, en amparo a la ley 86-11 no son embargables y mas aun, en caso de que exista una sentencia en ese sentido, las entidades financieras no incurren en responsabilidad civil y por lo tanto no podrán ser demandadas en daños y perjuicios si los erogan. En ese sentido, si los empleados del ayuntamiento no cobran sus salarios, que busquen al responsable de eso y vayan todos a su casa con latas, pailás, cucharas y cucharones a tocar al frente de su casa como señal de protesta por la temeraria acción en contra de la comida de sus hijos. Quien ha dicho que el demandante es mas hijo de la patria y la municipalidad que nosotros para que por el fastidio de conseguir una nómina haga eso?
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