27/09/2011.
8:45 AM.
SANTO DOMINGO.- Los jueces del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional sentenciaron ayer a 15, 12 y cinco años a siete de los implicados en la red que dirigía el capo boricua José David Figueroa Agosto, descargando de responsabilidad penal a Adolphina (Dolphy) Peláez.
El tribunal encontró culpables de la comisión de lavado de activos a Mary Peláez, Sammy Dauhajre, Ricardo Ivanovich Smester y Juan José Fernández Ibarra, quienes recibieron sendas sentencias de 15 años de prisión.
La lectura del fallo, que se prolongó por más de cuatro horas, se efectuó bajo estrictas medidas de seguridad.
Asimismo, el tribunal, compuesto por las magistradas Gissell Méndez, Yuly Tamary y Tania Yunes, impuso a Eddy Brito una condena de 15 años de prisión por el mismo delito. La sentencia también incluye el decomiso de numerosos bienes, entre los que se encuentran rejoles, computadoras, vehículos, apartamentos, entre otros inmuebles, armas de fuegos y fondos contenidos en certificados de la Superintendencia de Bancos.
Los jueces también condenaron a cinco años de prisión y al pago de 50 salarios mínimos a Sobeida Félix Morel por la comisión de lavado de activos, tras acoger un pedimento de la Fiscalía, con quien la imputada llegó a un acuerdo para que se declarara culpable y revelara detalles de la supuesta participación de los demás acusados en la red.
De igual forma, el tribunal declaró culpable a Madeline Bernard Peña del crimen de lavado de activos y en consecuencia la condenó a cinco años de reclusión, al quedar comprometida su responsabilidad penal.
Pena suspendida
Sin embargo, los jueces suspendieron de forma total la ejecución de la pena impuesta a Bernard Peña, quedando sometida al cumplimiento de las reglas establecidas por el tribunal, durante el período legalmente fijado en el artículo 41 del Código Procesal Penal, advirtiendo a la sentenciada que de no acatar las reglas impuestas en el período establecido, deberá cumplir de forma íntegra la totalidad de la pena suspendida.
Entre los requisitos se encuentran residir en la calle C, edificio Melanie II, apartamento 6, sector Serrallés, del Distrito Nacional, y en caso de cambio de este domicilio notificar de manera previa al juez de la Ejecución de la Pena, apoderado.
También, abstenerse de viajar al extranjero, aprender una profesión u oficio o seguir cursos de capacitación o formación bajo la supervisión del juez de la Ejecución de la Pena.
Se recuerda que Bernard Peña quedó muy afectada de salud en el atentado que le costó la vida a su esposo el coronel retirado de la Policía José Amado González, el 24 de diciembre de 2009.
Descargo de Adolfina
Asimismo, el tribunal declaró la absolución por mayoría de votos de la imputada Adolfina Peláez Frappier (Dolphy), por no haber sido probada la acusación presentada en su contra, por lo que en consecuencia, la descargó de toda responsabilidad penal.
“Esta instancia colegiada por mayoría de votos, ha decretado la absolución de esta ciudadana al no haber sido probada la imputación formalizada en su contra; en el apartado destinado a realizar la valoración probatoria respecto de ésta, se ponderaron todas las pruebas aportadas, no prevaleciendo ninguna vinculación de estos inmuebles con los hechos objetos de este juicio en los términos argu¨idos por el órgano acusador, por tanto se impone ordenar su devolución”, aduce la sentencia.
Ordenaron devolver bienes
El tribunal ordenó devolver inmuebles que fueron incautados a Adolfina Peláez, tales como la vivienda ubicada en la calle Burende, número 7, sector Los Cacicazgos, Distrito Nacional.
También una casa ubicada en la calle Flérida Soriano esquina Delia Weber, sector La Castellana, dentro del solar No. 16, manzana 2671, el apartamento número 101, primer nivel, Condominio Juan Antonio III, ubicado en la calle Alberto Larancuent, sector Naco, Distrito Nacional; y el apartamento número 10-01, piso 10, Torre Silvia, ubicado en la calle Federico Geraldino No. 13, sector Naco, Distrito Nacional.
De Igual forma, el tribunal ordena la notificación de la sentencia a los Jueces de la Ejecución de la Pena del Distrito Nacional y del Departamento Judicial de San Cristóbal, encargados de supervisar y garantizar la ejecución del fallo.
Los fiscales Wendy Lora, Agustín de la Cruz, Ybo René Sánchez y Milcíades Guzmán habían pedido al tribunal sentenciar 20 años de prisión a Brito, Dauhajre, Mary Peláez, Smester y a Fernández Ibarra.
RESPUESTA BASTANTE CLARA DE LA JUSTICIA
El fiscal del Distrito Nacional, Alejandro Moscoso Segarra, dijo que la sentencia no tiene precedentes en el país y es una respuesta bien clara de la justicia a las personas que se involucran en actividades criminales.
Al hablar en rueda de prensa luego de la lectura del fallo, el fiscal se mostró complacido con la sentencia y dijo que la decisión llenó las expectativas del ministerio público.
“Entendemos que fue una buena decisión, obviamente es una decisión que consta de 600 páginas. Nosotros en los próximos días dentro del plazo que nos confiere el Código Procesal Penal para interponer cualquier recurso vamos a estudiar esta decisión”, dijo.
Sostuvo que lo ideal es que este tipo de sentencia no ocurra y que los jóvenes no tengan que ir a las cárceles.
Al referirse a la condena e inmediata absolución de Bernard Peña, Moscoso Segarra dijo que la Fiscalía nunca solicitó la suspensión de la pena para ella.
Reiteró que estudiarán en los próximos días el dispositivo de la sentencia, y luego evaluarán si interponen algún recurso, si así lo consideran de lugar.
“Es la primera sentencia en el país por lavado de activos que sobrepasa los 10 años”, dijo.
La reacción de Ibarra
A su salida del tribunal, Juan Fernández Ibarra calificó la sentencia como “mala” y que fue “un abuso total, donde se ve y se demuestra con la justicia que se cuenta”.
“Esto ha sido una asquerosidad, eso para mí ha sido una lección el pensar que en este país la justicia, se ve que fue una sentencia dirigida por la Fiscalía”, acotó Ibarra Fernández, quien dijo recurrirá la decisión en apelación.
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